AISLAMIENTO OBLIGATORIO: MEDIDAS DE ADMINISTRACIÓN PARA LAS LOCALIDADES QUE CONFORMAN LA ZONA “NO CRÍTICA”

Este miércoles comienzan a regir las medidas diferenciales de la administración de la cuarentena, a través del Decreto Provincial 540/20, para los distintos municipios chaqueños, según la denominación que reciba la zona según los niveles de riesgo, la densidad poblacional y la cantidad de casos diagnosticados de coronavirus.

Las localidades definidas como “no críticas”, son aquellas que no cuentan con casos diagnosticados o son zonas rurales y de poca densidad poblacional (menos de 20.000 habitantes). Forman parte de este grupo: La Tigra, La Clotilde, San Bernardo, Samuhú, Enrique Urien, Coronel Du Graty, Santa Sylvina, Chorotis, Las Garcitas, Capitán Solari, Colonia Elisa, Presidencia De La Plaza, Villa Berthet, La Verde, Lapachito, La Escondida, Laguna Blanca, Colonias Unidas, Colonia Popular, Puerto Eva Perón, General Vedia, Cote Lai, Charadai, Corzuela, General Pinedo, Gancedo y General Capdevila. También, Hermoso Campo, El Sauzalito, Nueva Pompeya, Fuerte Esperanza, El Espinillo, Villa Río Bermejito, Miraflores, Tres Isletas, Colonias Unidas, Pampa Del Indio, Presidencia Roca, Laguna Limpia, Ciervo Petiso, Pampa Almirón, La Eduvigis, Taco Pozo, Los Frentones, Pampa Del Infierno, Concepción Del Bermejo, Avia Terai, Napenay y Campo Largo.

Actividades habilitadas con protocolos de bioseguridad

Se habilitan actividades comerciales, industriales, de la construcción (pública y privada) y productivas de bienes y servicios, con protocolos sanitarios y sujetas a la debida fiscalización local respecto al cumplimiento de los protocolos para el funcionamiento de actividades permitidas.

Entre las actividades habilitadas se encuentran los comercios no esenciales y servicios profesionales, debiendo garantizarse las medidas sanitarias y generales de distanciamiento social, evitando la concentración de personas o clientes, propiciando la atención por turnos previamente asignados e incentivando el uso de plataformas digitales.

En cuanto a lavaderos, ladrillería, albañilería, pinturería, peluquería, barbería, requerirán la aplicación de protocolos específicos para el desarrollo de oficios y talleres independientes habilitados, debiendo generarse la movilidad de las personas afectadas a dichas actividades por medios propios, es decir, sin la utilización del transporte público.

En caso de las obras privadas, edificios y obras de menor envergadura, deberán preferentemente tratarse de obras deshabitadas, con reducción de cantidad de obreros según la superficie de la obra, reducción de turnos y evitando la utilización del transporte público.

En los hoteles, se permitirá la ocupación del 50 por ciento de la capacidad, residencial o unidad de alojamiento, debiendo garantizarse ese espacio por piso y por habitación, cumpliendo y garantizando los protocolos de bioseguridad vigentes.

Tránsito y transporte

No se permitirá el arribo, tránsito o transporte de personas provenientes de localidades caracterizadas como críticas. La circulación sólo estará habilitada en rutas y caminos debidamente indicados por la autoridad provincial en materia de regulación de transporte. No podrán realizar paradas dentro de las localidades no críticas salvo en lugares de descanso y estaciones habilitadas en los límites de los ejidos municipales. El transporte de carga, está habilitado con determinación de postas o centros de descarga ubicados fuera de los ejidos municipales.