Docentes correntinos informaron al gobierno del fallo que suspende descuento por Ganancias

En la nota presentada ante Educación y Hacienda del Gobierno provincial, el Sindicato Único de Trabajadores de la Educación de Corrientes demandó que en la próxima liquidación de haberes no se les aplique descuento por impuesto al trabajo (reestablecido por el gobierno de Javier Milei) a maestros/as, profesores/as y directivos alcanzados representados por ambas organizaciones. Ante el amparo presentado por la Ctera, el Juzgado de Trabajo Nº 13 de CABA resolvió una medida cautelar que ordena la suspensión de la Ley Nº 27.743, de los artículos 73, 81 y 94 del Impuesto a las Ganancias, que regula tanto el mínimo no imponible como lo relativo a adicionales sobre los cuales se calculaba el Impuesto a las Ganancias como ruralidad, material didáctico, presentismo, entre otros. Se trata de la suspensión de la aplicación de tres artículos de la “Ley Bases” que reinstaló el Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría y todos los actos de la AFIP que reglamenten el cobro del impuesto. La medida estará vigente hasta que la Justicia resuelva si declara la inconstitucionalidad de la ley, que también fue planteado por Ctera y sus gremios de base. Es el primer fallo favorable sobre este tema, planteado por una organización sindical que abarca a las y los trabajadores de la educación. Se trata de un triunfo de la resistencia y la lucha de la Ctera y sus organizaciones de base como el Suteco en defensa del salario docente, contra el ajuste en Educación y los intentos de cercenamiento de derechos. El Litoral