Por ley, aumentaron los montos que perciben los beneficiarios de los programas PAPRO y PAM

La legislatura provincial sancionó la ley modificación del artículo 17 de la ley Nº 3792-H, para actualizar el monto que perciben los trabajadores beneficiaros de los programas de ayuda provincial y municipal (PAPRO y PAM) que pasaran de cobrar $ 70.000 a $ 150.000.

“Esta ley tiene 24 años de vigencia y vaya que será importante para nuestros municipios. Es una herramienta muy útil, muy necesaria, y obliga a los municipios a garantizar a los beneficiarios la cobertura de salud y riesgo de accidente de trabajo”, destacó en su alocución el diputado justicialista Rubén Guillón, quien recalcó que, “si bien es cierto que el monto mensual es todavía insipiente en un contexto de inflación y crisis contundente permite al beneficiario estar cubierto”.

Al referirse a este universo de trabajadores, comentó que “son las personas que encontramos barriendo, haciendo trabajos sociales, técnicos, pintando” y explicó que “se recurre a esta figura para dar a una respuesta rápida a la crisis laboral y para erradicar la informalidad laboral, el trabajo en negro”.

En ese sentido, agradeció a los presidentes y diputados miembros de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto y de Legislación General que acompañaron con despacho unánime el proyecto para que pueda incorporarse a la agenda parlamentaria.

Desde el oficialismo de Juntos por el Cambio, el diputado Darío Vargas, destacó que “la ley viene a cubrir un vacío legal. Creo que vamos a avanzar, si bien no cubre la canasta mínima vamos a darle una cobertura que se trasforma por primera vez en un reconocimiento al trabajador municipal”.

Con la modificación, el artículo 17 queda redactado de la siguiente manera: “Los municipios quedarán exceptuados de realizar aportes y contribuciones por las ayudas sociales que otorguen hasta el monto máximo de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000), a personas desocupadas que no fueren beneficiarias de becas, jubilaciones, ayudas económicas, pensiones o retiros de cualquier jurisdicción pública o privada y por las que hubieren concedido con anterioridad a esta ley.

Los recursos para financiar su erogación podrán ser de origen Municipal, Provincial o Nacional”.